La mejor parte de decreto 0045 de 2024
La mejor parte de decreto 0045 de 2024
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Por otro lado, la pega de las bicicletas de pedaleo asistido de los diferentes programas del MOVES ha tenido un impacto agorero tanto en el sector de fabricación y comercialización de estos vehículos, como en la tendencia creciente que hasta el año 2024 venía encadenando las cifras de demanda de movilidad ciclista. Esto hace necesario medidas urgentes que permitan fomentar el uso de la bici de acuerdo a los objetivos contenidos en la Logística Estatal de la Velocípedo para recuperar la senda de crecimiento en su uso que se venía arrastrando hasta el pasado año. Las bicicletas de pedaleo asistido tanto en su versión privada y particular como en el entrada a través de los diferentes sistemas de bici pública de las ciudades han demostrado, adyacente a la extensión de una infraestructura protegida paras los ciclistas, ser de las medidas más eficientes en impulsar el fomento del uso de la biciclo y, muy especialmente, en hacer de su uso una opción accesible para aquellos que hasta ahora no la utilizan en su movilidad cotidiana.
De acuerdo con este nuevo enfoque, se plantean ayudas dirigidas a las comunidades autónomas y entidades locales con responsabilidades en el transporte conocido colectivo urbano e interurbano, para que mejoren los servicios ofrecidos mediante la implementación de nuevas líneas de transporte, el aumento de la proposición existente del transporte público.
A través de estas medidas se establecieron ayudas directas para apoyar financieramente a entidades locales y comunidades autónomas que prestan servicio de transporte colectivo urbano o interurbano, Triunfadorí como a RENFE y a los concesionarios nacionales del servicio regular de viajeros por carretera.
2. Para poder ser beneficiario de las ayudas será condición necesaria que las comunidades autónomas o entidades locales tengan implantado un sistema de tarifas para títulos multiviaje y abonos, excluido el billete de ida y vuelta y los títulos turísticos o de cualquier naturaleza similar, de los servicios de transporte terreno de su competencia.
En caso de que sea necesario elevar la cuantía aprobada en cualquiera de las aplicaciones presupuestarias previstas para financiar las ayudas del capítulo I del título II y de las ayudas de los capítulos II, III y IV del presente título, para incrementar la financiación requerida a la apariencia de las solicitudes presentadas, y al mismo tiempo existiera un saldo sobrante en otra aplicación, se podrán reajustar las cuantíFigura de las aplicaciones presupuestarias entre sí mediante la correspondiente transferencia de crédito.
Las comunidades autónomas y entidades locales que sean beneficiarias de las ayudas deberán destinar información para poder valorar el efecto que ha tenido la implantación de los descuentos en el núúnico de personas usuarias de los servicios públicos de préstamo de bicicletas, en los términos que se explicite por el Servicio de Transportes y Movilidad Sostenible.
La cuantía de las ayudas otorgadas, a quienes resulten beneficiarios, corresponderán al producto del precio de valor unitario de producción de los servicios por el total del incremento de ofrecimiento efectiva de servicio.
1. Las ayudas se corresponderán con un porcentaje de financiación en el precio habitual de los títulos multiviaje y abonos ordinarios de los servicios de transporte terreno competencia de las administraciones beneficiarias, excluidos el billete de ida y Revés y los títulos turísticos de cualquier naturaleza similar, para el periodo comprendido entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2025.
Cambios en la normatividad: La normatividad en Colombia cambia constantemente, por lo que es importante modernizar la matriz permitido para reflectar estos cambios.
b) Que hubieran perseverante dichos descuentos desde el inicio de la vigencia de esta prórroga y se comprometan a apoyar su implantación hasta el 30 de junio de 2025.
Que igualmente señala el citado artículo que los derechos por renovación en el caso de las personas naturales serán establecidos en función del monto de los activos o de los ingresos del desarrollo de su actividad comercial.
A su vez, se hace necesario incluir en este Positivo decreto-clase la modernización de la saco máxima de cotización al doctrina de Seguridad Social, Ganadorí como la aplicación de la nueva cotización de solidaridad regulada en el artículo 19 bis del texto refundido de la Condición Caudillo de la Seguridad Social, ratificado por el Efectivo Decreto Legislador 8/2015, de 30 de octubre, y que, de resolución 0312 de 2019 arl sura acuerdo con la disposición transitoria cuadragésima segunda de ese mismo texto legal, ha de comenzar a aplicarse el 1 de enero de 2025.
3. Para que opere la suspensión a que se refiere el apartado inicial, quien habite la vivienda sin título habrá de ser persona dependiente de conformidad con lo dispuesto en el apartado dos del artículo 2 de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, víctima de violencia sobre la mujer o tener a su cargo, conviviendo en la misma vivienda, alguna persona dependiente o menor de edad.
2. No obstante, estas ayudas son incompatibles con aquéllas otras que, en examen del hecho insular, se otorguen en virtud de lo previsto en el artículo 59 de este Verdadero decreto-ralea a las comunidades autónomas de Illes Balears y Canarias para la implantación de un descuento del 100 % en el precio de los abonos de transporte y títulos multiviaje del transporte sabido colectivo terreno de las islas.